El cartel de coches y la indemnización confirmada por el Tribunal Supremo

En estos días, numerosos medios de comunicación se han hecho eco del cartel de coches y de las indemnizaciones que, tanto personas físicas como jurídicas, pueden solicitar. Te contamos las claves de este suceso

DERECHO MERCANTIL

Esther Sánchez Páez

11/1/2021 2 min read

Probablemente estos días habrás oído en numerosos portales de información y páginas especializadas de motor que puedes reclamar importantes cuantías si compraste un determinado coche en una determinada fecha. Efectivamente, esto es así. Y ello gracias a la reciente sentencia del Tribunal Supremo que vino a confirmar la sanción impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia a determinados fabricantes de automóviles por las prácticas colusorias que llevaron a cabo entre 2006 y 2009.

Y te preguntarás, ¿Qué es un cartel? Un cartel es un acuerdo formal que se realiza entre empresas de un mismo sector, con el objetivo de reducir la competencia o, incluso eliminarla, entre ellos realizando una serie de acciones dentro del mercado de manera conjunta. En la Unión Europea están muy reguladas este tipo de prácticas y acuerdos para así proteger al consumidor. Estos cárteles van en contra de los consumidores, produciéndoles un mayor perjuicio a favor de mayores beneficios para las empresas involucradas. La infracción que estos fabricantes llevaron a cabo consistía en el intercambio de información confidencial comercialmente sensible, actual y futura, altamente desagregada.

Estos intercambios de información eran parte de un acuerdo complejo, que comprendían múltiples acuerdos de intercambio de información, en ejecución de un plan preconcebido, aprovechando idéntica ocasión generada por foros específicos de comercialización y posventa, utilizando métodos y sistemas de seguimiento con la misma finalidad, desde febrero de 2006 hasta agosto de 2013.

En cuanto a la posibilidad de reclamar indemnización, debes haber comprado un vehículo de las siguientes marcas entre febrero de 2006 hasta agosto de 2013: Citroën; Mitsubishi; BMW; Chevrolet; Chrysler; Jeep; Dodge; Fiat; Alfa Romeo; Lancia; Ford; Opel; Honda; Hyundai; Kia; Mercedes-Benz; Nissan; Peugeot; Porsche; Renault; Seat; Toyota; Lexus; Volkswagen; Audi; Skoda; y Volvo.

Las indemnizaciones dependerán de cada vehículo y sus características, por eso cada indemnización debe ser calculada una por una. Se aconseja así realizar un peritaje por un perito experto en el momento de solicitar la indemnización para que no queden dudas del perjuicio económico que el comprador haya experimentado ante el juez.

Además, el cártel también incluía los servicios post venta, esto es, el servicio de taller que prestaban a sus clientes por lo que, si has hecho uso de estos servicios para tu coche, también se podrían reclamar las cantidades pagadas en exceso como consecuencia del sobrecoste por la práctica ilegal de los fabricantes.

Ya muchos clientes nos están solicitando el asesoramiento y la posterior interposición de la demanda para reclamar la indemnización que corresponda. No dudes en contactarnos, te diremos si tu vehículo está afectado por el cartel de coches y te presentaremos un presupuesto sin letra pequeña, totalmente sin compromiso, para reclamar tu indemnización. Contáctanos incluyendo tus datos pinchando en el siguiente recuadro o a través de nuestras redes sociales.

Cartel de coches y la indemnización que puedes solicitar

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